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¿Cuando firmas un contrato prestas atención a las cláusulas de resolución?

La resolución deja sin efecto un contrato, por eso, al firmarlo hay que atender a las disposiciones sobre su terminación para evitar litigios y reclamaciones.

Hay que tener en cuenta que puede:

1)someterse a una condición resolutoria que al cumplirse deja de cumplir efectos,

2) establecerse obligaciones recíprocas que impiden al acreedor exigir su cumplimiento si no ha cumplido su obligación.

Si se cumple la condición resolutoria, la obligación se extingue de forma automática, y las partes deberán entregarse las cosas o prestaciones recibidas.

Cuando se trata de obligaciones recíprocas existen unos efectos específicos que nacen de la relación de interdependencia entre las partes. Así, no tiene derecho a pedir la resolución el contratante que incumpla sus obligaciones, salvo que dicho incumplimiento sea consecuencia de una obligación incumplida por la otra parte, pero el principio de reciprocidad debe estar muy bien caracterizado en el contrato.

Antes finalizar un contrato, comprueba si:

– La obligación incumplida es esencial o accesoria

– El problema lo ha causado el contrario

– Tus acciones han precipitado el incumplimiento

¿Ahora piensas que cualquier forma de incumplimiento es válida?

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